Informe
de Limpieza del apellido de los Mendieta hecha en la villa de Baena a (solicitud?) de
Iñigo
de Gaona y Mendieta y sus hermanas.
Año
1638
Iñigo de Gaona y Mendieta y Luisa de Gaona mi hermana, mujer de Jerónimo Perez Ranadán, vecinos
de la ciudad de Ronda; Ana de Gaona
ansimismo mi hermana, vecina de esta villa, decimos que .....nos conviene
averiguar y probar como somos hijos legítimos de Iñigo de Gaona Mendieta y de
Catalina Jiménez su legítima mujer, vecinos que fueron de esta villa y como los
dichos fueron casados y velados según orden de la Santa Madre Iglesia y
ansimismo probar y averiguar como los dichos nuestros padres fueron y son
cristianos viejos de limpia generación y casta.
Sin
raza de moro ni judío ni de otra mala raza ni seta. Y el dicho nuestro padre
fue público y notorio en esta villa y sus vecinos que era hombre principal y
noble y descendiente de tales padres y abuelos.
A
sumerced, pedimos y suplicamos mande recibirnos la información que cerca de la
contenida de esta petición ofrecemos y que ........ examinen los testigos que
presentaremos y interponiendo sumerced su autoridad y justicia Decreto pedimos,
justicia para ello a la excelentísima comisión
y el
escribano para que examine los testigos el licenciado Hurtado.
Auto de información
como
las ofrece y se examinen los testigos por la petición ( y dio ?) comisión a el
presente escribano y se le de traslado como lo pide proveido por el sr.
licenciado Francisco Merchante y Arriaga y por el escribano Roxano.
Testigo
En
el dichoso mes y año diez de abril de mil seiscientos treinta y ocho, el dicho
Iñigo de Gaona Mendieta por sí en en este dicho nombre presentó por testigo a
don Juan Perez de Valenzuela, alférez mayor de esta villa y vecino de ella, del
cual se recibió juramento. Informé de derecho y prometió decir verdad y
preguntado por el pedimento dijo que conoce al Iñigo de Gaona Mendieta y sus
hermanas .... y conoció a Iñigo de Gaona Mendieta y su mujer Catalina Jimenez
Dominguez( los padres), los cuales, sabe, fueron casados y velados en faz de la
Santa Madre Iglesia y de su matrimonio
...... tener por sus hijos legítimos del dicho Iñigo de Gaona Mendieta a
Luisa de Gaona y Ana de Gaona Mendieta y por tales .... sabe asimismo que Iñigo de Gaona Mendieta el viejo
era de la villa Velez el blanco, “hijo de algo“, notorio porque conoció a I.de
G.M. supremo caballero notorio y amigo de este testigo que le dijo quien eran
sus padres del dicho I.de G..M. y la nobleza de su casa, por haberse venido
muchacho había aprendido oficio de carpintero y no le trataran sus deudos
(parientes) por ello, pero que era muy noble y en esta posición fue habido y
tenido en la villa ..........y sabe asimismo quien era Catalina su mujer a
quien conoció y a sus padres, era muy limpia cristiana vieja de honrada sangre
y de lo antiguo y bueno de esta villa, sin raza mácula ni descendencia de
moros, judíos, conversos, ni de otra mala seta, ni penitenciados por el Santo
Oficio por tales habidos o tenidos y comunmente reputados.
Sin
haber cosa en contrario porque lo supiera este testigo, por lo cual el testigo
siempre tenía o tiene a los hijos del dicho Iñigo de Gaona Mendieta el viejo
por cristianos viejos y limpios y hijos de algo como ha dicho su padre y esto
es cosa muy pública y notoria y la verdad por el juramento que hizo y lo firmó
de su nombre y que es de edad de cuarenta y ocho años -
don
Juan Perez de Valenzuela -- Roxano , escribano.
Testigo
Luego
el dicho Iñigo de Gaona Mendieta presentó por testigo a Alonso Fernandez Velez
Vegas, conocido vecino de esta villa, del cual se recibió juramento en forma de
derecho y prometió decir verdad. Preguntado por el pedimento dijo que conoce al
dicho Iñigo de Gaona Mendieta y a sus hermanas y sabe que son hijos legítimos
del legítimo matrimonio de Iñigo de Gaona Mendieta y de Catalina Jimenez, su mujer, casados y velados en faz de la
Santa Madre Iglesia.
Sabe
asimismo que los dichos Iñigo de Gaona Mendieta, su mujer y hijos son muy
cristianos viejos de limpia sangre y generación. Sin raza mácula, ni
descendencia de moros, judíos, ni conversos, ni penitenciados, ni de otra mala
seta y por tales son habidos y estimados porque el testigo conoció a los padres
y abuelos de dicha Catalina Jiménez que eran muy honrados y estimados en esta
villa y aunque el dicho Iñigo de Gaona no era de esta villa, sabe que era de
Velez el blanco de la gente más principal de aquel lugar porque vio venir a
esta villa (Baena) deudos suyos a ver a el Iñigo de Gaona y era gente de mucha
estofa (rango) y caballeros “hijos de algo“ y lo trataban por deudo y así
siempre lo tuvo el testigo por tal “hijo de algo“ y era cosa muy pública en
esta villa y lo es todo lo dicho verdad por el juramento hecho y no firmó por
no saber y era de más de setenta años.
Roxano,
escribano.
(Hasta aquí transcribo el texto del documento
tal cómo lo puedo leer y entender acercándolo al español actual. He señalado
las sentencias que no pude entender(.......). El documento cita otros seis
testigos más que todos dicen más o menos lo mismo. Entre ellos se destacan el
licenciado Pedro Ruiz de Reina, presbítero y Pedro Ruiz de Parias, fiscal de la
justicia. Todos coinciden en el mismo testimonio, que el carpintero Iñigo de
Gaona Mendieta original de Velez blanco y vecino de la villa de Baena y su
familia son gente de honor, de sangre limpia sin mezcla con raza mácula,
descendientes de nobleza.)
¿Qué
revela el presente documento?
En el año 1638 los hijos del carpintero Iñigo
de Gaona Mendieta se ponen a solicitar decreto de limpieza de sangre a las
autoridades civiles de la villa de Baena. Sus padres habrán muerto poco antes
porque fueron velados por la Santa Madre Iglesia. Obviamente los herederos
carecen de tal documento, pero debe tener gran importancia para ellos, porque
con seguridad el proceso burocrático para obtenerlo tenía que costarles caro.
No se sabe si se detrás se esconde un problema de herencia. Sin embargo está
claro, Iñigo y sus hermanas no son pobres, pero carecen del reconocimiento
oficial de su rango social de hidalguía ( “hijos de algo“). Para lograrlo,
deben someter su caso al estudio de una comisión dirigida por el corregidor de
la villa de Baena. El caso es importante.
¿Por qué?
El decreto solicitado definirá el rango o
status social de Iñigo y de sus hermanas
y descendientes. Ellos aspiran ascender en sociedad, beneficiarse de los
privilegios que concede el título de nobleza.
Así, el segundo testigo insiste en que el padre
de ellos, el viejo carpintero Iñigo, no
debe ser mirado como tal sino como “hijo de algo“ y este algo se encuentra más
allá de lo materialmente asequible, está encerrado en los secretos de la
sangre, y esta, según los testigos está limpia de toda impureza que pudieran
causar unos antepasados indeseables como moros, judíos u otras mezclas
despreciables como penitenciados por el Santo Oficio, etc.
La sociedad infértil e improductiva del XVII no
premia al carpintero sino al económicamente estéril hidalgo.
...Ahí está toda la tragedia de la decadencia
española, el retroceso del escenario político universal y el retraso secular
socioeconómico del país.
Un pequeño e insignificante documento, hallado
casualmente, ilustra la tragedia grande de una nación. Como barrotes de hierro
se levantan privilegios, opresión y desprecio en una sociedad que excluye
movilidad y evolución.
¡Cuánto dolor humano se esconde detrás de un
documento que habla de pocas personas, pero ilustra la vida de muchos!
FMP
11.02.2004
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